
La organización Artículo 19 reprobó la aprobación de la llamada “Ley Censura” en el Congreso de Puebla en donde se modifica el artículo 480 del Código Penal Estatal, que expone como delitos el ciberaseido.
Artículo 19 se unió a las críticas que reprueban las modificaciones en esta materia: que ponen como discurso la protección de la ciudadanía ante los delitos virtuales como usurpación de identidad, fraude en línea, ciber acoso entre otro delitos.
Hace una semanas el Congreso de Puebla informó que por mayoría de votos se aprobaron las modificaciones al Código Penal del Estado en donde exponen que el ciberaseido sería considerado como un delito.
Consideraron que se podría proceder en contra de aquellas penosas que usando las tecnologías de la información se busque denigrar a las personas: por medio de mensajes o publicaciones constantes que afecten la imagen del individuo.
Sin embargo, la organización argumentó que esta reforma atenta contra la libertad de expresión a l no presentar acciones clara que resuelvan de fondo dicho delitos virtuales.
“Esta reforma mantiene y no resuelve el problema de fondo en el Código Penal: la restricción ilegítima y censura desproporcionada a la libertad de expresión”, dijo Artículo 19 en una publicación en X la tarde del 10 de julio del 2025.
La organización exhortó a la comisión estatal y nacional de Derechos Humanos a que promuevan acciones de inconstitucionalidad contras la modificaciones penales de Puebla.
“Por lo tanto, exhortamos a las comisiones estatal y nacional de derechos humanos a promover acciones de inconstitucionalidad contra esta reforma que sostiene graves restricciones a la libre expresión y al flujo informativo en el espacio digital”, exige Articulo 19.
En tanto los legisladores poblanos, expusieron que de haber inconformidades con las modificaciones, habría la posibilidad de hacer derogaciones a al reforma, en tanto se quedará como está.