
La legalización de la marihuana en México ha tenido avances significativos, en la actualidad puede ser utilizada con fines médicos y científicos. No obstante, aunque en junio de 2021 se dio un fallo histórico luego de que se levantó la prohibición de consumo lúdico de marihuana, el uso del cannabis para fines recreativos aún continúa detenido.
En junio de 2017 se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con lo que se aprobó el uso del cannabis y derivados con fines medicinales.
Mientras tanto, el 12 de enero de 2021 se publicó el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal del cannabis y sus derivados farmacológicos, con el que se busca regular su producción con fines medicinales y científicos.
“Este reglamento destaca la relevancia de la trazabilidad como un medio para garantizar la seguridad del paciente y evitar el desvío hacia el comercio lícito”, explica el informe sobre la Situación de la Salud Mental y el Consumo de Sustancias Psicoactivas en México
La Cámara de Diputados discutió el 10 de marzo de 2021 la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal para la Regulación de la Cannabis, la cual fue aprobada por el Senado en noviembre de 2019.
Los legisladores aprobaron la Minuta pero le realizaron algunas modificaciones, las principales fueron:
Se permite el uso de la marihuana psicoactiva a personas mayores de 18 años, únicamente en privados y sin la presencia de menores de edad o personas que puedan verse afectadas.
La Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC) será la encargada de ser el órgano regulador para el uso de la marihuana.
Se sancionará con uno a tres años de prisión a quien comercialice cannabis sin autorización cuando la cantidad sea entre 200 gramos y cinco kilos 600 gramos y en caso de ser mayor se castigará con cinco a 15 años en la cárcel.
Se podrá producir cannabis en casa habitación para uso lúdico sólo con un permiso previo, se podrá tener de seis a ocho plantas de marihuana si viven más de dos personas que la consumen.
Luego de las modificaciones realizadas en San Lázaro, la Minuta fue turnada de nuevo a la Cámara de Senadores, pero aún no se ha discutido.
De acuerdo con una entrevista del senador Jorge Carlos Ramírez Marín difundida en el Canal del Congreso, señaló que dicha Minuta será dictaminada en el periodo actual, el cual es del 1 de febrero al 30 de abril de ese año.
El informe sobre la Situación de la Salud Mental y el Consumo de Sustancias Psicoactivas en México destaca que el país es pionero en la Región de las Américas en mantener una apertura hacia la regulación.
En enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, con esto se permite usar de manera regulada el cannabis y sus derivados en:
El consumo del cannabis y derivados está permitido en todo el país para uso medicinal, además puede ser utilizada de manera preventiva, terapéutica, en rehabilitación y en pacientes con padecimientos graves.
El médico correspondiente debe firmar y dar una copia al paciente de la receta, donde se acredite el uso autorizado de la marihuana.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la encargada de controlar la fabricación de fármacos con marihuana, por lo que aquellos negocios que fabrican este tipo de medicamentos tendrán que tener Libros de Control.
Para la siembra, cultivo, cosecha y producción de la marihuana con fines de investigación y fabricación de medicamentos deberá tramitarse un permiso ante el Sistema Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA).
La producción del cannabis tendrá que realizarse en un lugar autorizado y estará sujeto a inspecciones constantes por parte del SENASICA o de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER).
Con la aprobación realizada el 10 de marzo de 2021 en la Cámara de Diputados la legalización de la marihuana para uso recreativo está cerca de la legalización.
Con lo anterior, cualquier adulto que desee fumar lo podrá hacer, no obstante bajo algunas restricciones. Además la Comisión Nacional contra las Adicciones será la encargada de supervisar el proceso de producción, desde la siembra hasta la cosecha, así como emitir los permisos para grupos de consumo o asociaciones.
Las asociaciones contarán con entre dos y 20 miembros mayores de 18 años, cada socio podrá tener hasta cuatro plantas y 50 máximo por grupo.
Por su parte, las empresas que comercialicen la marihuana para uso lúdico tendrán que contar con sellos que indique que la venta sólo es en México y tener empaques a prueba de niños.
Mientras tanto, la posesión por persona será de hasta 28 gramos, pero si se porta entre 28 y 200 gramos se impondrán multas de hasta 10 mil pesos.
El cannabis tampoco podrá venderse ni ser suministrado a terceros, pues se trata de uso exclusivamente personal.
El 28 de junio de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la declaratoria general de inconstitucionalidad, con la que se eliminó la prohibición de consumo de la marihuana establecidos en la Ley General de Salud en los artículos 235 y 247.