
Un Tribunal Federal rechazó el otorgarle un amparo al exlíder criminal Osiel “N” con el que buscaba frenar una causa penal iniciada en su contra por el presunto delito de portación de arma de fuego que es de uso exclusivo del ejército.
Fue el magistrado instructor del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito, Felipe de Jesús Padierna, consideró infundados los alegatos de la defensa del narcotraficante que aseguró que el delito había prescrito.
¿Quién es el señalado al que le negaron el amparo?
Osiel “N” buscaba cerrar una de las siete causas penales comenzadas en su contra: sin embargo, no ha podido obtener la resolución en su favor.
Según el expediente correspondiente al 6 de agosto del 2005, un juez federal dictó un auto de formal prisión contra el capo por su probable participación en los delitos de posesión de cartuchos de arma de fuego y portación de armas de fuego que según son de uso exclusivo del Ejército.
En ese mismo año, unos meses después, el Cuarto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, modificó la resolución y dictó un auto de libertad por no haber evidencias suficientes.
Pero dos años después, en 2007, la defensa de Osiel “N” dijo que ya no estaba en el penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, y que había sido entrega a Estados Unidos porque se interrumpieron los procesos penales que había en su contra en territorio mexicano.
Fue hasta el año 2024, la Oficia de Detención y Derogación del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE-ERO), informó que Osiel “N” habían deportado a Cárdenas Guillén, tras cumplir su condena en dicha nación.
La Fiscalía General de la República (FGR), lo ingreso al penal del Altiplano, debido a que la existencia de tres órdenes de aprehensión pendiente de aplicar por los delitos de homicidio calificado, delincuencia organizada y delitos contra la salud.
El magistrado Delgadillo Padierna dejó claro que el proceso instaurado contra Osiel ‘N’ no ha prescrito, sino que solo se interrumpió por su entrega a los norteamericanos, por lo que es válido que se reactive el proceso, mismo que puede impugnar.
Sin embargo, el amparo no le fue concedido debido a que no hay los elementos suficientes para acreditar alguna medida cautelar en contra de los procesos que lleva en su contra.