
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la Ley General de Comunicación Social, conocida como la “Ley chayote”, y que fue emitida durante el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto.
Los ministros consideraron que esta ley da al gobierno una “enorme discrecionalidad” al momento de realizar gastos en difusión y medios de comunicación.
De esta manera, la Corte pidió al Congreso de la Unión que analice o en su defecto, dicha ley sea derogada y se cree una nueva.
“La legislación reclamada no regula con el grado de precisión constitucionalmente exigible, los principios que deben regir el gasto público en comunicación social, pues aún y cuando dispone diez principios rectores en la materia, no los dota del sentido y alcance que deben atribuirle las autoridades ejecutoras y las personas sujetas a su marco de aplicación, propiciando una enorme discrecionalidad al momento de ejercer el gasto respectivo”, indicó la Corte.
Los ministros también indicaron que esta ley no garantiza la libertad de expresión porque no la protege de una manera eficaz.
"Lo que por imperativo Constitucional está obligado a hacer el legislador es regular una protección para el gobernado, de manera tal que, cuando las autoridades ejecutoras del gasto de comunicación social quisieran servirse de los medios de los particulares para contratar publicidad oficial, esta no viniera acompañada con una sutil censura en su línea editorial”, indicó la Corte.