
Adolfo Cuevas Teja, Comisionado Presidente del IFT, señaló que la institución no cuenta con los recursos para cumplir el mandato, el cual fue publicado el 16 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se ordena al IFT instalar, operar, regular y mantener el padrón.
“La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”, detalló el IFT a través de un comunicado.
Asimismo, mencionó que el Congreso de la Unión afecta e invade la esfera competencial del IFT, ya que impacta en sus atribuciones regulatorias y de garantizar los derechos humanos.
También argumentó el instituto que el decreto le impide cumplir con su objeto constitucional, contenido en los artículos 6 y 7, “toda vez que le obligue a implementar un modelo regulatorio que condiciona el acceso a los servicios de telecomunicaciones y prevé la cancelación de líneas telefónicas móviles; y los obliga a emitir las disposiciones administrativas de carácter general para la debida operación del Padrón en términos contrarios al objeto para el cual fue creado el propio instituto”.
#ComunicadoIFT El @IFT_MX interpuso hoy Controversia Constitucional en contra de diversas disposiciones del Decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
— IFT (@IFT_MX) May 26, 2021
📄https://t.co/xm8NVA2Qsg pic.twitter.com/rCyv1w2C2X