
Un grupo de estudiantes de criminología hoy es buscado e investigado por la Fiscalía de Guanajuato, debido a una serie de acciones absurdas, irresponsables e insensatas que normalizan la violencia y la crueldad animal entre la juventud.
Son alumnos del Instituto Universitario del Centro de México quienes, a modo de una negligente y atroz broma, hicieron explotar a un gato; todo quedó grabado en video y, peor aún, las imágenes fueron compartidas en redes sociales.
La publicación de los alumnos se acompañó del mensaje: “O salemos buenos criminales o buenos criminólogos JAJAJA”, lo que causó aún más indignación entre los ciudadanos, especialmente entre quienes se dedican a la defensa de los animales.
En las imágenes se observa a un joven con bata blanca, inclinado sobre un gato al que, según la denuncia, le amarraron pirotecnia para quitarle la vida. Enciende la mecha, la cámara tiembla y la siguiente imagen muestra el cuerpo del animal sin vida siendo lanzado por el aire para, después, caer inerte sobre el pavimento, expulsando humo. Sobre la grabación, una frase escrita con ligereza que ahora pesa como prueba.
La imperdonable escena fue difundida el 10 de agosto por la asociación civil Gaticos A.C., en León, Guanajuato, a través de sus redes sociales, desatando una ola de repudio primero en el municipio de Pénjamo y, de inmediato, en todo el estado.
La denuncia refiere textualmente: “Esto no es un ‘juego’ ni una ‘broma’. Es crueldad animal y en Guanajuato está tipificada como delito en el Artículo 297-A del Código Penal del Estado. Al ser estudiantes de criminología deberían saberlo, pues las sanciones incluyen prisión”.
“Exigimos a las autoridades municipales y estatales que identifiquen a los responsables e inicien un proceso penal inmediato, además de garantizar que estos actos no queden impunes. No es solo por este gatito, es por todos los animales que sufren en silencio”.
La denuncia llegó a oídos de la gobernadora Libia Dennise, quien prometió que el acto no quedará impune. Asimismo, el secretario de Gobierno de Guanajuato, Jorge Jiménez Lona, condenó enérgicamente la crueldad animal y confirmó públicamente que, por instrucciones de la mandataria, la Fiscalía General del Estado abrió la carpeta de investigación correspondiente.
Por su parte, la asociación Gaticos pidió a la sociedad civil enviar, de manera anónima, nombres, fotografías o datos que ayuden a identificar a los participantes y a las autoridades para fincar responsabilidades. Así han surgido nombres como el de Sandra Navarro Cano, quien sería la docente responsable de autorizar este tipo de prácticas inhumanas con pólvora dentro del plantel, y el de Ivvy Mendoza, quien habría grabado y difundido el video en internet.
Ahora, los tiempos procesales dependerán de lo que arrojen las primeras diligencias: identificación de participantes, ubicación del sitio, aseguramiento de restos, testimonios y peritajes. Aunque la dimensión institucional no sustituye la penal, abre rutas administrativas y disciplinarias al interior de la universidad. En este punto, la cooperación entre autoridad educativa y Ministerio Público resulta determinante, pues sin sanciones reales la crueldad se normaliza.
El caso recordó automáticamente lo ocurrido a finales de mayo en Xichú, también en Guanajuato, donde varios gatos fueron amarrados con pirotecnia durante un rodeo.
En aquella ocasión, un juez vinculó a proceso a los presuntos responsables y concedió dos meses para la investigación complementaria; sin embargo, no pareció ser lección suficiente para los maltratadores de animales, pues el caso de Xichú dejó, según activistas, una lección incompleta. La presión social permitió localizar a varios animales y entregarlos a Gaticos A.C., en León, Guanajuato, para su atención veterinaria y adopción.
La tipificación del maltrato animal en Guanajuato no es simbólica. Según el Código Penal del estado, el maltrato animal se tipifica en su Capítulo IV, titulado “Delitos contra la vida e integridad de los animales”, artículos del 297 al 300.
El 297 sanciona a quien dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado con 6 meses a 2 años de prisión y 60 a 300 días multa; si se usaron métodos que provoquen grave sufrimiento previo a la muerte, la pena aumenta a la mitad y, tratándose de perros, si la muerte ocurrió por exhibición, espectáculo o pelea, la pena se incrementa hasta en dos tercios.
Por su parte, el 298 castiga la mutilación orgánicamente grave de un vertebrado con 2 a 6 meses de cárcel y 20 a 60 días multa; el apartado A penaliza las peleas de perros con 6 meses a 5 años de prisión y 200 a 2 mil días multa; y el apartado B sanciona el abandono que ponga en riesgo la vida o integridad del animal doméstico con 6 meses a 1 año y 100 a 200 días multa.
El artículo 299 prevé excepciones con actividades lícitas como control de plagas, causas justificadas y sacrificio para consumo, mientras que el 300 establece que estos delitos se persiguen por querella, salvo si el agresor es propietario, custodio o poseedor, o si el animal carece de dueño.