Colectivos de búsqueda de personas desaparecidas y agrupaciones de víctimas indirectas lanzaron una condena enérgica tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que decidió mantener una reforma a la Ley General de Víctimas de 2020 que elimina el fondo mínimo garantizado para la reparación integral y atención a víctimas.
El fallo rechazó declarar inconstitucional el artículo 132 fracción I de la ley, pese a que existía un proyecto que apuntaba a restablecer el financiamiento fijo para asegurar ayuda, memoria, verdad y no repetición.
Entre los firmantes del pronunciamiento se encuentran la Fundación para la Justicia, el Centro Prodh y el Centro Tlachinollan, quienes advierten que la medida supone “un grave retroceso” y abre la puerta a que los derechos de las víctimas se debiliten. Señalaron que la decisión vulnera el principio de cosa juzgada y la seguridad jurídica, pues reabre debates que ya se habían resuelto.
La crítica no solo es nacional: Amnistía Internacional también rechazó la decisión, al advertir que la eliminación del fondo presupuestal mínimo debilita las acciones reales para la reparación y pone en riesgo la continuidad de programas destinados a garantizar atención, acompañamiento y medidas de no repetición. La organización subrayó que, sin recursos asegurados por ley, las víctimas quedan expuestas a la incertidumbre presupuestal y a decisiones políticas cambiantes que pueden limitar su acceso a justicia y reparación.
Por último, otras organizaciones como Artículo 19 han denunciado que esta resolución de la Corte representa un “enorme retroceso” y una traición a las víctimas al quitarles una garantía presupuestal estable. El colectivo advirtió que la medida no solo afecta a quienes buscan reparación, sino que también erosiona la confianza en las instituciones encargadas de proteger sus derechos, pues deja sin un respaldo financiero mínimo los mecanismos creados para atender uno de los problemas más graves del país.