
El integrante de la Marina, Fernando Farías Laguna volvió a ser prófugo de la justicia por el caso de huachicol fiscal en las aduanas de Altamira y Tampico, Tamaulipas.
Luego del amparo que fue promovido a nombre de los hijos del ex presidente Andrés López Obrador y otros ex funcionarios, el contraalmirante esta siendo nuevamente buscado por las autoridades.
Una juez federal resolvió el retiro del amparo que lo blindaba de la captura y encarcelamiento de Farías en el Penal del Altiplano, aunque fuera procesado por delincuencia organizada.
Fue Emma Cristina Carlos Ávalos, Juez Décimo Primero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México quien negó y declaró sin materia la suspensión definitiva solicitada por el sobrino político del ex Secretario de la Marina, Rafael Ojeda.
El argumento fue que el Juez Segundo de Distrito de Zacatecas ya antes le había concedido una suspensión definitiva al Contralmirante contra la orden de aprehensión y una medida de ese nivel no puede ser otorgada por dos veces por jueces diversos.
La Ley de Amparo prevé que los jueces deben declarar sin materia la suspensión, en los casos en que, previamente fue resuelta en otra demanda y por otro juzgado al mismo quejoso.
Sin embargo, esa primera suspensión concedida en Zacatecas, fue emitida en el amparo presentado a nombre Andrés Manuel, Gonzalo y José Ramón López Beltrán, así como de Farías y otros ex funcionarios y empresarios.
Los hijos de López Obrador rechazaron públicamente haber presentado dicha demanda y el resto de las personas que aparecen como quejosos en la misma, incluido el Contralmirante, tampoco ratificaron el amparo.
Es decir al no reconocer el amparo, la jueza lo consideró necesario por lo que fue suspendido y nuevamente lo coloca en las personas buscada por el delito de huachicol fiscal.
"En ese contexto, se arriba a la determinación que en el presente incidente, existe pronunciamiento previo respecto a la suspensión definitiva en relación con el acto aquí reclamado por el quejoso Fernando Farías Laguna consistente en la orden de aprehensión de 19 de agosto de 2025", dice el fallo de la juzgadora.
"Por lo que en términos del dispositivo 145 de la Ley de Amparo, procede declarar sin materia la suspensión solicitada por el quejoso respecto del acto atribuido a la autoridad judicial citada".
El fallo fue dictado un día después de que la Presidenta Claudia Sheinbaum dijera que debía ser revisada la suspensión provisional que en un principio la juez Carlos concedió al Contralmirante y que prohibía su captura y encarcelamiento en el Altiplano, aún si fuera procesado por el delito con prisión obligatoria que le atribuyen.