
Por unanimidad, el TEPJF desechó una de las impugnaciones realizadas por el hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador contra los acuerdos del INE del 2 y 3 de septiembre y el oficio INE/UTF/DRN/11167/2020 del 21 de octubre en materia de fiscalización.
La Sala Superior argumentó que Pío López Obrador presentó dos demandas para reclamar los mismos actos de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE.
La primera demanda fue presentada directamente ante la Sala Superior del TEPJF y la segunda, la cual dio origen al expediente que se desecha hoy, ante el INE.
Este miércoles, se determinó desechar la segunda demanda, mientras que la primera se mantiene en proceso de análisis.
Pío López presentó en la Oficialía de Partes de la Sala Superior una demanda de recurso de apelación, con la cual se integró el expediente SUP-RAP-105/2020, asimismo, en la misma fecha, presentó un escrito idéntico de demanda ante el INE.
Las y los magistrados determinaron que dicha demanda se debe desechar porque se actualiza una causal de notoria improcedencia prevista en el artículo 9, párrafo 3, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, debido a que Pío agotó su derecho de impugnación al promover el recurso de apelación.