El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad invalidar disposiciones que permitían a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, autorizar obras públicas de “gran impacto” sin la participación de los municipios.
La decisión se dio tras avalar un proyecto presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, en el que se concluye que la reforma a la Ley de Obras Públicas del Estado de Campeche vulnera la autonomía municipal al concentrar estas facultades en el Poder Ejecutivo estatal.
Durante la discusión, el ministro explicó que la creación de la figura denominada “obra pública de interés estatal de gran impacto” eliminó la intervención de los ayuntamientos en la autorización de este tipo de proyectos, trasladando la toma de decisiones de manera exclusiva a la titular del Ejecutivo local.
Espinosa Betanzo señaló que el Congreso del estado incurrió en una transferencia indebida de atribuciones al facultar a la gobernadora para ejecutar obras de gran impacto, impidiendo que los municipios ejerzan su función constitucional de regular, supervisar y controlar las construcciones dentro de su territorio.
En ese sentido, la SCJN determinó que el artículo 14 Bis de la Ley de Obras Públicas de Campeche es inconstitucional, al invadir competencias exclusivas de los municipios y transgredir el principio de autonomía municipal consagrado en la Constitución.
Con esta resolución, la Corte reafirmó la importancia de respetar la distribución de competencias entre los distintos órdenes de gobierno en materia de obra pública.