La nueva Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos ya está vigente en México, pero eso no significa que los billetes y monedas hayan dejado de ser una forma de pago. La legislación, publicada el 4 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), permite que ciertos sectores lleguen a aceptar únicamente pagos electrónicos. Pero antes de que eso suceda, las autoridades deben definir dónde aplicará la medida y cuánto tiempo tendrán los negocios para adaptarse.
La Ley de Economía Digital entró en vigor el jueves 5 de noviembre, un día después de su publicación oficial. Esta fecha marca el inicio del proceso legal, no la eliminación inmediata del efectivo en ningún comercio. De acuerdo con el artículo 13, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) determinará cuáles son los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que los medios digitales podrán convertirse en la única forma de pago.
El tercer artículo transitorio establece que Hacienda dispone de 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor para determinar los sectores que podrían operar exclusivamente con pagos digitales. Ese plazo corresponde al anuncio de los sectores, no a una fecha en la que todos deban cambiar su forma de cobro.
Después de esa determinación, las autoridades responsables de cada sector tendrán otros 15 días hábiles para publicar las disposiciones que expliquen cómo funcionará la medida. Las reglas deberán establecer requisitos, obligaciones y plazos específicos para una transición gradual.
El Gobierno federal ha mencionado a las gasolineras y las carreteras como los primeros sectores en los que pretende reducir gradualmente el uso de efectivo. No obstante, esas declaraciones no sustituyen la determinación formal que debe emitir Hacienda ni las reglas que correspondan a cada actividad.
Por ahora, las personas pueden seguir utilizando efectivo en los establecimientos donde se recibe habitualmente. La nueva ley no establece una prohibición general de pagar con billetes o monedas.
El artículo 15 contempla una excepción: cuando una contingencia impida recibir pagos electrónicos, se permitirá pagar con efectivo o cheque. La misma legislación señala que esas fallas no podrán utilizarse de manera permanente o recurrente para incumplir las obligaciones.
Los medios reconocidos por la ley incluyen tarjetas de crédito y débito, transferencias, códigos QR y dispositivos de pago sin contacto. Su disponibilidad concreta dependerá de los mecanismos que habiliten los proveedores.
La próxima actualización importante será la determinación de Hacienda sobre los sectores afectados. Hasta entonces, cualquier fecha definitiva para dejar de recibir efectivo en un negocio específico debe tomarse con cautela.
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