La audiencia de ratificación de medidas de protección a favor de la cantante Belinda se llevó a cabo este miércoles 4 de febrero, en el marco de la denuncia que la artista presentó por presunta violencia digital y mediática en contra del cantante Lupillo Rivera. El procedimiento judicial busca determinar si las medidas cautelares previamente dictadas por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) deben mantenerse de manera permanente.
La diligencia, sin embargo, fue diferida debido a la inasistencia de la abogada acreditada en el expediente como defensora de Lupillo Rivera. Esta ausencia impidió que se desarrollara la audiencia en los términos previstos, por lo que el proceso sufrió un nuevo retraso. La reprogramación dependerá de la agenda del juzgado y de la comparecencia formal de las partes involucradas.
Además del diferimiento, surgió un elemento procesal relevante que ha generado confusión en el juzgado: la denuncia fue iniciada bajo el nombre de Guadalupe Rivera Saavedra, mientras que la defensa del cantante presentó documentación oficial en la que se establece que su nombre legal es Guadalupe Saavedra Rivera. Esta discrepancia en el orden de los apellidos ha abierto un debate técnico sobre la correcta identificación del imputado.
Ante esta situación, el juez concedió un plazo a la fiscalía para que aclare el tema de identidad y determine si se trata de la misma persona, a efecto de evitar lo que jurídicamente podría configurarse como una “diversidad de personas”, es decir, la posible existencia de dos individuos distintos en el expediente. Este punto resulta crucial para la validez procesal de la denuncia y la continuidad de las medidas de protección.
La defensa jurídica de Belinda sostiene que las medidas cautelares deben permanecer vigentes mientras subsista el riesgo que motivó su imposición. El abogado de la cantante declaró que “las medidas de protección siempre deben de continuar conforme o continúe el riesgo. Si hay un riesgo latente que sigue continuando o por el cual se otorgaron, deben de continuar vigentes. En este caso se ha atentado o bueno, se presume que se atenta contra la intimidad de las personas”. Con esta postura, la representación legal busca que el juez determine la permanencia definitiva de dichas medidas.
Por su parte, la abogada Mariana Gutiérrez, litigante del cantante, explicó a Televisa Espectáculos que el magistrado identificó un problema de identidad derivado de los nombres asentados en la denuncia y en los documentos oficiales. “El juez consideró que hay un tema, se está hablando de diversidad de personas. Porque ellos, la fiscalía denuncia al señor Lupillo Rivera Saavedra y en los documentos oficiales del señor Lupillo, es señor Lupillo Saavedra Rivera”, detalló.
Gutiérrez añadió que esta diferencia no es menor, ya que en términos jurídicos podría implicar que la acción penal esté dirigida contra una persona distinta a la señalada en documentos oficiales. “Entonces estamos ante la situación de diversidad de personas. Son dos personas distintas totalmente con el tema de las personas en sus documentos oficiales, en su pasaporte, y ellos están denunciando en un tema conforme al nombre artístico”, puntualizó.
Cabe mencionar que el detonante de la acción legal fue la publicación del libro autobiográfico Tragos Amargos, escrito por Lupillo Rivera, en el cual el cantante relata detalles de una supuesta relación sentimental con Belinda, que habría ocurrido en 2019, cuando ambos coincidieron como coaches en el programa La Voz México. La defensa de la artista sostiene que dichos pasajes fueron difundidos sin su consentimiento, exponiendo aspectos de su vida íntima que no debían hacerse públicos.
El caso se desarrolla en un contexto en el que la violencia digital y mediática ha cobrado relevancia en el ámbito legal mexicano, particularmente tras reformas orientadas a proteger la intimidad y la vida privada de las personas frente a la difusión no autorizada de contenidos. La resolución que adopte el juez en los próximos días, una vez que la fiscalía aclare la identidad legal del denunciado, será determinante para definir la continuidad de las medidas de protección a favor de la cantante y el curso procesal de la denuncia.