
Con seis votos a favor y uno en contra, los magistrados tomaron la decisión, asimismo, consideraron que dicha omisión legislativa genera una violación de la ley electoral debido a que afecta los derechos político electorales de la población a participar en la revocación de mandato. Será a partir del próximo 1 de septiembre cuando el plazo de 30 días comience a correr.
De acuerdo con la TEPJF, será el Instituto Nacional Electoral (INE) el encargado de emitir los lineamientos ante la falta incurrida.