De acuerdo con Morena, la queja realizada en materia de fiscalización fue por un supuesto uso indebido de recursos públicos, la cual fue interpuesta el pasado 11 de junio. El 14 de julio el Consejo General del INE desechó la queja tras considerar que el partido no aportó pruebas suficientes para confirmar los hechos.
En la demanda, Morena solicitó que se revocara la resolución impugnada, a efecto de que la Sala Superior ordene a la autoridad fiscalizadora analice de manera debida las pruebas que fueron ofrecidas y sea admitida a trámite.
Asimismo, consideró en la impugnación que la notificación del requerimiento no se practicó conforme a Derecho, esto debido a que se notificó que se aportarían más pruebas al secretario de Finanza y no al representante ante el Consejo General el cual interpuso el recurso.
La Sala Superior considera que la autoridad fiscalizadora notificó, con la debida formalidad, el requerimiento para poder sustanciar la queja al partido.
Por su parte, el partido consideró que, además de que la resolución carece de exhaustividad en la valoración de las pruebas, el INE, indebidamente, omitió iniciar el procedimiento oficioso en materia de fiscalización en contra de García basándose en la queja presentada.
Fue en una sesión pública realizada por videoconferencia que las magistradas y los magistrados determinaron declarar infundados los agravios, debido a que el INE sí analizó de manera integral los hechos de la queja, sin embargo, fue el partido el cual no aportó elementos mínimos probatorios que pudieran advertir sobre la infracción.
BOLETÍN | El #TEPJF confirma desechar queja de Morena contra Samuel García.
— TEPJF (@TEPJF_informa) July 29, 2021
📌Las magistradas y magistrados de la #SalaSuperior consideran como infundados los argumentos con los que el partido político impugnó la decisión emitida por el INE.
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