
Este lunes el SAT publicó la Primera Resolución de Modificaciones, donde extiende un mes el plaza para presentar la declaración.
“Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, a más tardar el 31 de mayo de 2021”, explicó.
Para que la prórroga se haga válida se tendrá que publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Las personas morales tuvieron que presentar su declaración anual en marzo, no obstante se reportaron fallas por lo que el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMC) solicitó una prórroga, pero Raquel Buenrostro, jefa del SAT, la negó, pese a esto incrementó un 9 por ciento la presentación en el primer trimestre.