La renuncia de Guadalupe Taddei a la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE), abre un proceso para seleccionar a la persona que encabezará el organismo. La Constitución establece que la presidencia del INE no se elige mediante el voto ciudadano
De acuerdo con el artículo 41 de la Constitución Mexicana, la Cámara de Diputados es la responsable de designar a la persona que ocupará la presidencia del INE.
El procedimiento contempla varias etapas:
Convocatoria pública: la Cámara de Diputados establece los requisitos, fechas y condiciones para participar.
Comité de evaluación: un grupo de siete especialistas revisa los perfiles y selecciona a cinco aspirantes por cada vacante.
Acuerdos legislativos: la Junta de Coordinación Política busca consensos para presentar una propuesta al Pleno.
Votación: la persona elegida necesita el respaldo de las dos terceras partes de los diputados presentes.
Si no se alcanza la mayoría requerida, la Constitución establece un procedimiento de insaculación, es decir, una selección por sorteo, entre los perfiles previamente evaluados. Si la Cámara tampoco concreta la designación mediante este mecanismo dentro del plazo establecido, corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación realizar el sorteo.
Ante la ausencia definitiva de la presidencia, los integrantes del Consejo General deberán elegir a una persona de entre las consejerías actuales para ocupar el cargo provisionalmente. El diputado Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política, estimó que la elección podría tomar entre cuatro y cinco semanas, aunque todavía deberán establecerse los plazos oficiales.
En condiciones normales, la presidencia del INE tiene una duración de nueve años, sin posibilidad de reelección. Sin embargo, debido a que se trata de una sustitución por renuncia, la persona designada concluirá el periodo originalmente asignado a Guadalupe Taddei, que termina en abril de 2032.
La selección se llevará a cabo mientras el INE prepara las elecciones federales de 2027, por lo que la renovación de su presidencia deberá desarrollarse sin interrumpir las actividades del organismo electoral.